Esta figura que recoge la Ley de Seguridad Privada tiene como principal espacio de actuación el medio rural. Consecuente con esto,
es la Guardia Civil quién convoca y realiza las pruebas para obtener la habilitación. El contenido de los temarios así como al extensión del
curso, son inferiores que lo establecido para el Vigilante de Seguridad, siendo los mismos requisitos los exigidos para poder acceder a las
pruebas oficiales.
En sintonía con la figura del Vigilante de Seguridad, aparece la del Guarda Particular del Campo, función de extensa tradición que ha tenido diversos nombres con similares funciones. La Ley de Seguridad Privada unifica la figura en la de Guarda Particular del Campo que, en la práctica, viene a desarrollar las mismas funciones que el Vigilante pero en el medio rural y zonas marítimas.
Como el Vigilante de Seguridad, tiene dos especialidades a las que se accede desde la habilitación de Guarda Particular del Campo: Guarda de Caza y Guarda de Pesca Marítima.
El Guarda de Caza es la figura encargada de la vigilancia y protección de las actividades cinegéticas. El Guarda de Pesca Marítima ejerce funciones de vigilancia y protección en establecimientos de acuicultura y zonas marítimas protegidas con fines pesqueros.
Con CIS podrás obtener estas tres habilitaciones que te permitirá trabajar dentro de empresas de seguridad privada o bien como autónomos, siendo ésta la principal diferencia laboral con las figuras antes citadas que, necesariamente, tiene que desarrollar su actividad dentro de una empresa de seguridad. La habilitación se obtiene tras realizar y superar el correspondiente curso y las pruebas que periódicamente convoca la Guarda Civil.
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